-Se está generando un nuevo Plan Municipal.
-Se está procediendo a la modificación del Plan General Municipal Vigente.
-Se está procediendo a la revisiòn del Plan General Municipal Vigente.
Necesariamente, cualquiera de las tres situaciones de hecho anteriormente descritas,deben de ser publicadas, en aras a que el administrado y otras entidades, puedan hacer las alegaciones tanto en las fases de aprobación inicial, como en las fases de aprobación definitiva del nuevo plan, o de la modificación o revisión del mismo.
Tanto en las diferentes fases de alegaciones, como en los recursos administrativos planteables, resulta importante la intervención de un abogado especialista en el ámbito urbanístico.
Una vez, finalizada la fase administrativa, existe la posibilidad de acudir a la justicia Contencioso-Administrativa, para interponer el recurso pertinente.